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sábado, mayo 31, 2008

Animales de compañia


Estimados vecinos,

En la última Asamblea General se insistio por parte de varios vecinos en la necesidad de recordar a todos el cumplimiento de la Ordenanza Municipal V.5 del Extmo. Ayuntamiento de Molina por la que se ordena la tenencia de animales. Particularmente los vecinos insistieron en que se cumplan dentro del Articulo III relativos a Perros que se cumpla lo estipulado en el capitulo 14, respecto limpieza, ruidos y deshechos de animales en parques y vías públicas, así como el marco sancionador establecido en el articulo 28 apartado de Sanciones, donde las descritas están catalogadas como Leves con sanciones económicas que oscilan entre los 150 y 300 euros.

Al objeto de darle la mayor difusión posible, se transcribe integramente el articulado de dicha ordenanza municipal, extraida de la pagina web del propio ayuntamiento:

ORDENANZA V.5

ORDENANZA SOBRE TENENCIA DE PERROS Y OTROS ANIMALES DOMESTICOS

PREAMBULO

En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 133 y 142 de la Constitución en donde se establece la potestad a favor de las Corporaciones Locales para establecer y exigir tributos debiendo de disponer de los medios suficientes para tal desempeño y en base al artículo 106 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, con las modificaciones introducidas en la Ley 25/1998, se establece la presente Ordenanza sobre Tenencia de Perros y Otros Animales, la cual será de aplicación en todo el territorio del Municipio de Molina de Segura.

CAPITULO I. OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN

Articulo 1

1. Esta ordenanza regula las interrelaciones entre las personas y los animales en el termino municipal de Molina de Segura, tanto los de convivencia humana como los utilizados con fines deportivos y/o lucrativos.

2. Con esta intención, la Ordenanza tiene en cuenta, tanto las molestias y peligros que puedan ocasionar los animales, como el valor de su compañía para un elevado numero de personas, como en el caso de la ayuda que pueden prestar por su adiestramiento y dedicación, como perros guía, lazarillos en trabajos de salvamento y todos los demás casos en los que los animales domésticos proporcionan satisfacción deportiva, de recreo y/o compañía.

Artículo 2

Estarán sujetas a la obtención previa de licencia municipal en los términos que determina, en su caso, el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y normas preceptivas, las siguientes actividades.

A) Los establecimientos hípicos, con instalaciones fijas o no, que guarden caballos para la practica de la equitación con fines deportivos, recreativos y turísticos.
B) Las residencias de animales de compañía y los centros de cría de selección de razas, así como los establecimientos dedicados a la estética de animales.
C) Los centros de reproducción y aprovechamiento de animales peleteros.
D) Comercios destinados a la compraventa de animales de compañía, aves, peces de acuario, etc.
E) Proveedores de laboratorios para la reproducción y/o suministro de animales con fines de experimentación científica.
F) Zoos ambulantes, circos y entidades afines.
G) Consultorios, clínicas y hospitales veterinarios.
Asimismo quedan sujetos a la inspección veterinaria municipal, que puede solicitar en cualquier caso certificado sanitario de los animales en venta, y/o certificados de origen o documentación que acredite la procedencia de estos.

CAPITULO II. NORMAS DE CARACTER GENERALSOBRE LA TENENCIA DE ANIMALES
Articulo 3

1. La tenencia de perros y animales domésticos en general, en viviendas urbanas, queda condicionado a las circunstancias higiénicas optimas de su alojamiento, a la ausencia de riesgos en el aspecto sanitario y a la inexistencia de molestias para los vecinos.
2. La Concejalia de Salud, Consumo y Medio Ambiente, decidirá lo que proceda en cada caso, según el informe que emitan los inspectores del Servicio Veterinario como consecuencia de las visitas domiciliarias que habrán de ser facilitadas por los ocupantes de las viviendas. Cuando se decida que no es tolerable la estancia de animales en una vivienda o local, los dueños de estos deberán proceder a su desalojo, y si no lo hiciese voluntariamente, después de ser requeridos para ello, lo hará el Servicio Municipal de Recogida de Animales, (previa autorización judicial), al que deberán abonar los gastos que ocasionen.
3. La tenencia de animales salvajes, fuera de parques zoológicos y áreas restringidas, habrá de ser expresamente autorizada y requerirá el cumplimiento de las condiciones de seguridad, higiene y la total ausencia de molestias y peligros, prohibiéndose terminantemente la tenencia o comercio de animales protegidos por los Convenios de Berna y Washington (Cites), así como futuros convenios que puedan ser ratificados por el Gobierno Español.
4. Los perros guardianes de solares, obras, jardines, etc., Deberán estar bajo vigilancia de sus dueños o personas responsables, y en todo caso, en recintos donde no puedan causar danos a personas o casas, debiendo advertirse en lugar visible la existencia de perro guardián.
5. Los animales pertenecientes a la fauna salvaje, no especialmente protegidos, deberán estar alojados de acuerdo con las necesidades biológicas de su especie y, en todo caso, bajo control veterinario e inscritos en el censo correspondiente.
6. Se prohibe dejar sueltos en espacios exteriores toda clase de animales reputados como dañinos o feroces.
Articulo 4.

La cría domestica de aves y otros animales en domicilios particulares, tanto si es en terrazas, como en terrados o patios, quedara condicionada a que las circunstancias de su alojamiento, la adecuación de las instalaciones y el numero de animales, lo permitan, tanto en el aspecto higiénico-sanitario, como en la inexistencia de incomodidades o peligro para los vecinos, siempre y cuando no se consideren animales de abasto, de acuerdo con el articulo 6 de esta Ordenanza.
Articulo 5

1. Los propietarios de animales estarán obligados a proporcionarles alimentación y atención sanitaria adecuada, así como facilitarles un alojamiento de acuerdo con la exigencia propia de su especie y las condiciones impuestas por las normas de protección animal.
2. Se prohíbe causar daño, cometer actos de crueldad y dar malos tratos a los animales de convivencia y/o cautividad.
3. Sólo se podrán efectuar espectáculos donde participen animales, cualquiera que sea su fin, previa obtención del permiso o autorización de la autoridad competente.
4. En el caso de grave o persistente incumplimiento por parte de los propietarios, de las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores, la Administración Municipal podrá disponer el traslado de los animales a un establecimiento adecuado con cargo a aquellos y adoptar cualquier medida adicional necesaria.
Articulo 6

El mantenimiento de animales de abasto dentro del termino municipal, estará condicionado a lo establecido en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Articulo 7

La autoridad municipal podrá ordenar el traslado de los animales que no cumplan las condiciones de los artículos 3, 4, 5, y 6 a otro lugar mas adecuado.
Articulo 8

1. Queda prohibido el abandono de animales.
2. Los propietarios de animales que no deseen continuar teniéndolos, habrán de entregarlos
al Servicio Municipal encargado de su recogida, o a una Sociedad Protectora.
Articulo 9

1. Los animales que han causado lesiones a personas o a otros animales, así como todos
aquellos que sean sospechosos de sufrir rabia, habrán de ser sometidos inmediatamente a vigilancia sanitaria por los Servicios Sanitarios Municipales. El incumplimiento de este precepto recaerá tanto sobre los propietarios, como sobre cualquier otra persona que, en ausencia de los anteriores, tenga conocimiento de los hechos.
2. Los animales afectados de enfermedades sospechosas de ser transmitidas al hombre y
los que padezcan afecciones crónicas incurables de esta naturaleza, deberán ser entregados al Centro Veterinario Municipal, para su reconocimiento sanitario y, en su caso, sacrificio eutanasico.
3. En los casos de declaración de epizootias, los dueños de los animales cumplirán las disposiciones preventivas sanitarias que se dictes por las autoridades competentes, así como las prescripciones reglamentarias que acuerde la Alcaldía.
Articulo 10

Queda expresamente prohibida la entrada de animales , aunque vayan acompañados de
sus dueños:
1.- En todo tipo de establecimiento destinado a la fabricación, almacenaje, transporte o manipulación de alimentos.
2.- En los establecimientos donde se realice la venta de productos alimenticios destinados al consumo humano, incluyendo las bebidas y cualesquiera sustancias que
se utilicen en la preparación o condimentación de los alimentos.
3- En los establecimientos cuya actividad sea la de facilitar comidas, donde quedan incluidos restaurantes, cafeterías, cafés, bares, tabernas, cantinas y otros establecimientos que sirvan comidas.
Articulo 11

Queda prohibida la circulación o permanencia de perros y otros animales en las piscinas
publicas durante la temporada de baño. Se excluye la prohibición en el supuesto de que se trate de perros para vigilancia de estos lugares, siempre y cuando no se encuentren dentro del recinto de baño destinado a personas.

CAPITULO III. NORMAS ESPECIFICAS PARA PERROS
Articulo 12

Son aplicables a los perros las normas de establecidas para todos los animales.
Articulo 13

1. Los poseedores de perros, que lo sean por cualquier título, deberán censarlos e identificarlos en el Ayuntamiento del Municipio donde residan habitualmente, en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de su nacimiento o un mes desde la adquisición del animal.
2. La identificación se efectuará mediante sistema electrónico con normativa técnica ISO (conocido comúnmente como Microchip), con implantación subcutánea de transponder en parte lateral izquierda del cuello del perro.
3. Las bajas por muerte o desaparición de los animales, serán comunicados por sus titulares en las oficinas del censo canino en el plazo de 14 días, a contar desde que se produjesen, acompañando al tal efecto su cartilla sanitaria.
4. Los propietarios que cambien de domicilio o transfieran la posesión del animal, lo comunicarán en el plazo de 14 días a las oficinas del censo canino.

Articulo 14

1. Los perros no podrán circular sueltos por la vía publica, e irán provistos de correa o cadena con collar. El uso de bozal podrá ser ordenado por la Autoridad Municipal cuando las circunstancias así lo aconsejen. Tendrán que circular con bozal todos los perros con antecedentes de mordeduras y aquellos otros cuya peligrosidad sea razonablemente previsible dada su naturaleza, características o antecedentes.

2. Se prohíbe que los animales domésticos realicen sus deposiciones sobre las aceras, parterres, zonas verdes o terrazas y restantes elementos de la vía publica, destinados al paso o estancia de los ciudadanos. El propietario del perro y en forma subsidiaria la persona que lo lleve, será responsable del ensuciamiento de la vía pública producida por éste. Deberán recoger y retirar los excrementos que podrán:
a) Depositarse dentro de bolsas perfectamente cerradas en papeleras y contenedores.
b) Incluirse en las basuras por medio de la bolsa de recogida habitual.
c) Depositarse sin envoltorio alguno, en los lugares habilitados para los perros.

3. Queda prohibida la limpieza, lavado y alimentación de animales en la vía pública si ello
origina suciedad en la misma.
4. Queda prohibido el uso de venenos, cepos y otros métodos para el sacrificio de perros y cualquier otro animal.
5. Queda prohibido cualquier práctica que pueda producir maltratos, sufrimientos o daños injustificados a los perros y animales en general y en especial:
a) Abandonarlos. Los propietarios que no deseen continuar poseyéndolos, deberán buscarles un nuevo propietario o en última instancia entregarlo a una Asociación Protectora de Animales o en el Centro Zoosanitario Municipal.
b) Utilizarlos en peleas o utilizarlos en espectáculos, filmaciones o actividades lucrativas que supongan daño, sufrimiento o degradación del animal.
c) La venta ambulante de todo tipo de animales fuera de los establecimientos, mercados o ferias debidamente autorizados.
d) Hacer donación de los mismos como premio, recompensa o regalo de compensación por otras adquisiciones de naturaleza distinta de la transacción onerosa de animales.

Articulo 15

1. Se considerará perro vagabundo a aquel que no tenga propietario conocido ni este censado. Se considera perro extraviado, a aquel que sin ser vagabundo, circula por la población o vías interurbanas sin su dueño o acompañante.
2. Los perros vagabundos y los extraviados serán recogidos por lo Servicios Municipales y
mantenidos durante un periodo mínimo de cuarenta y ocho horas en el Centro Zoosanitario Municipal o Albergue de Sociedad Protectora de Animales con la que se mantenga convenio de colaboración. Si el animal lleva identificación se avisará a su propietario, que tendrá a partir de ese momento catorce días para recuperarlo.
3. Una vez concluidos cualquiera de los plazos anteriores, la propiedad del perro la ostentará el Ayuntamiento de Molina de Segura, que a su vez podrá cederlo o sacrificarlo eutanásicamente.
4. El personal o empresa que preste los servicios de captura y transporte de animales, estará debidamente capacitado y entrenado para no causar daños o stress innecesarios y reunirá las debidas condiciones higiénico-sanitarias.
Articulo 16

1. Los perros que hayan causado lesiones por mordeduras a una persona, serán retenidos por lo Servicios Municipales y se mantendrá en observación durante 14 días en el Centro Zoosanitario Municipal. No obstante a petición del propietario y previo informe favorable de los Servicios Veterinarios Municipales, la observación del animal podrá realizarse en el domicilio del dueño, controlado por el Veterinario Municipal o por Veterinario con actividad profesional en el municipio y colegiado en la Comunidad Autónoma Murciana, que al finalizar el período de observación emitirá Certificado Oficial Veterinario.
2. Cualquier animal podrá asimismo ser retenido en periodo de observación en el Centro Zoosanitario Municipal, cuando a juicio de los Servicios Veterinarios Municipales, se considere oportuno, como medida epizoótica, zoonósica o de interés para los ciudadanos.
Articulo 17

1. Queda prohibida la tenencia habitual de perros en balcones, garajes, pabellones, sótanos, azoteas, jardines particulares o cualquier otro local o propiedad, cuando estos ocasionen molestias objetivas, por sus olores, ruidos, aullidos o ladridos a los vecinos o transeúntes.
2. Se considera infracción, la generación de ruidos por parte de los perros y cualquier otro
animal, por encima de los límites permitidos en la Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones. Las mediciones serán realizadas con Sonómetro de Precisión de Tipo I, siendo calibrado mediante pistófono. Será necesario realizar mediciones de ruido de fondo, a fin de valorar el nivel de ruido procedente del animal. Las mediciones deben darse en el nivel de ruido equivalente durante 60 segundos y niveles máximos.

CAPITULO IV. ESTABLECIMIENTOS ZOOLOGICOS
Articulo 18

1. Las actividades señaladas en el articulo 2 habrán de reunir como mínimo, para ser autorizadas, los siguientes requisitos:
a) El emplazamiento preciso que tenga en cuenta el suficiente alejamiento del núcleo urbano cuando así se considere necesario y que las instalaciones no molesten a viviendas próximas.
b) Construcciones, instalaciones y equipos que faciliten y proporcionen un ambiente higiénico y las necesarias acciones zoosanitarias.
c) Facilidad para la eliminación de excrementos y aguas residuales, de manera que no comporten peligro para la salud publica, ni molestias de ningún tipo, así como deterioro del medio ambiente.
d) Recintos, locales o jaulas para el aislamiento y observación de animales enfermos o sospechosos de serlo, fácilmente limpiables y desinfectables.
e) Medios para la limpieza y desinfección de los locales y materiales, así como de utensilios que puedan estar en contacto con los animales y , en su caso, de los vehículos utilizados para su transporte, cuando este sea necesario.
f) Medios para la destrucción y eliminación higiénica de cadáveres de animales y materias contumaces.
g) Adecuada manipulación de los animales a fin de que se mantenga en buen estado de salud.
h) Instalaciones que permitan unas condiciones de vida aceptables, de acuerdo con la naturaleza de cada uno de los animales.
i) Los establecimientos dedicados a la venta de animales, así como sus criaderos y guarderías, han de contar con un veterinario asesor, y habrán de llevar un registro de entradas y salidas de animales debidamente detallado.
j) El vendedor de un animal vivo deberá entregar al comprador el documento acreditativo de la raza del animal, edad, procedencia y otras características que sean de interés.
2. Para que estas empresas y actividades sean autorizadas, se precisara un informe de los Servicios Técnicos Veterinarios Municipales, los cuales, llevaran el control higienicosanitario de estas.

CAPITULO V. DE LA EXPERIMENTACION CON ANIMALES
Articulo 19

El trato a los animales utilizados en laboratorios de experimentación, queda regulado por el Real Decreto N 223/80. La experimentación con animales se regirá por la normativa europea vigente sobre el tema, siempre que haya sido ratificada o acogida a través de la disposición legislativa por el Estado Español, mediante el oportuno acuerdo del Consejo de Ministros o correspondiente tramitación parlamentaria.

CAPITULO VI. DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

ARTICULO 20. DEFINICION

Son animales potencialmente peligrosos los que reglamentariamente se determinen por la normativa nacional o autonómica correspondiente y en especial los animales de la especie canina, determinados por el R.D. 287/2002 de 22 de marzo o normativa que lo sustituya

ARTICULO 21. LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

1) Todos los tenedores de animales potencialmente peligrosos deberán poseer la Licencia
administrativa correspondiente , concedida por administración competente, ateniéndose al R.D. 287/2002 de 22 de marzo o normativa que lo sustituya.
2) Para la tramitación de dicha Licencia en el Ayuntamiento de Molina de Segura, el interesado deberá presentar escrito de solicitud, adjuntando la siguiente documentación:

A) Fotocopia compulsada de DNI
B) Dos fotografías tamaño carnet
C) Certificado de antecedentes penales o documento que lo sustituya, donde se refleje que el interesado no ha sido condenado por delitos de homicidios, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud publica, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
D) Certificado, o en su caso declaración jurada, de no haber sido sancionado según el articulo 13.3 de la Ley 50/1999 de 23 de diciembre sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos (excepto suspensiones temporales de Licencia, cuyo periodo haya sido cumplido íntegramente).
E) Certificado de aptitud física y psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, emitido por centro de reconocimiento debidamente autorizado (o según determine la Comunidad Autónoma de Murcia).
F) Fotocopia compulsada de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura igual o superior a 120.000 € (o las actualizaciones que determine el Ministerio de Economía.
G) Carta de pago de la Tasa por otorgamiento de licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.

ARTICULO 22. REGISTRO MUNICIPAL DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
1) Todos los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en el término municipal de Molina de Segura, deberán ser inscritos por sus titulares en el Registro Municipal, creado a tal efecto, en los siguientes plazos:
a) Actividades mercantiles (criaderos y comercios especializados en el sector de animales de compañía) antes de que el animal cumpla los seis meses de edad.
b) Resto de propietarios, en el plazo de 15 días desde la nueva adquisición, compra o cualquier otra que suponga la aceptación de la titularidad de un animal.
c) En casos de nuevos residentes o visitantes, 15 días desde el traslado del animal al termino municipal de Molina de Segura.
d) Un mes desde que el animal se considere potencialmente peligroso en base a manifestación marcadamente agresiva o haber protagonizado agresiones a personas o a otros animales. (En estos casos, si el titular estuviera pendiente de la concesión de la Licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se efectuara una inscripción temporal, pendiente de la resolución de su solicitud).
2) Para la inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos el interesado deberá presentar junto al escrito de solicitud los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada de la Licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
B) Fotocopia compulsada de Dni (para licencia administrativas no concedidas por el ayuntamiento de Molina de Segura)
C) Por cada uno de los animales que pretenda inscribir, lo siguiente:
a) Fotocopia compulsada de la cartilla sanitaria oficial, incluyendo el nº de identificación por microchip.
b) Declaración donde se especifique el domicilio habitual del animal y el destino del mismo (compañía, guarda, vigilancia, protección, defensa, manejo de ganado, caza, etc.)
c) Certificado veterinario oficial (en documento del Consejo General de Veterinarios de España) sobre el estado sanitario del animal.
d) Fotocopia compulsada del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, vigente, con cobertura igual o superior a 120.000 €, que incluya a dicho animal.
e) Carta de pago de la inscripción en el Registro de Animales potencialmente peligrosos.
3) Las bajas por muerte, cambios de domicilio, cambios en la titularidad del animal, serán comunicadas por los titulares en el plazo máximo de 15 días desde que se produce tal circunstancia, adjuntando en cada caso la documentación que lo justifique.
4) La sustracción o perdida del animal habrá de ser comunicada por su titular en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que se tenga conocimiento de los hechos.
5) Todos los incidentes de agresiones, serán comunicados por el titular del animal en el plazo máximo de 15 días desde que se produce la agresión a la oficina del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
ARTICULO 23. COMERCIO Y CAMBIOS DE TITULAR

1) Las operaciones de compraventa, traspaso, donación o cualquier otra que supongan cambio de titular de animales potencialmente peligrosos, requerirá los siguientes requisitos:
a) Existencia de inscripción previa del animal en el Registro Municipal (Excepto en criaderos o comercios especializados en el sector de animales de compañía, para animales menores de 6 meses) .
b) Existencia de Licencia vigente por parte del transmitente
c) Obtención previa de licencia por parte del adquirente
d) Acreditación de la cartilla sanitaria oficial e identificación por microchip del animal.
2º) Todos los establecimientos o asociaciones que alberguen animales potencialmente peligrosos a los que se refiere la presente ordenanza y que se dediquen a su explotación, cría, comercialización o adiestramiento, deberán tener la correspondiente Licencia Municipal de Apertura y deberán proceder a identificar y registrar a los animales según los criterios señalados en el articulo 22.
ARTICULO 24.

Deberán circular por la vía publica, espacios de uso publico en general y zonas de uso común de ámbito colectivo (edificios, comunidades de vecinos, residenciales, urbanizaciones y similares) , provistos de bozal adecuado para su raza los perros que sin ser considerados potencialmente peligrosos por la normativa nacional o autonómica, pertenezcan a alguna de las siguientes razas o descendientes que presenten rasgos étnicos de las mismas :
- Pastor alemán y Pastor Belga.
- Mastín español y Mastin y montaña de los Pirineos
- San Bernardo
- Dogo de Burdeos y Dogo Aleman.
- Bullmastiff
- Chow-Chow
- Collie
- Boxer
- Schnauzer gigante
- Siberian Husky
- Alaskan malamute
- Dobermann
CAPITULO VII. INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTICULO 25. INFRACCIONES MUY GRAVES
Tendrán la consideración de infracciones administrativas muy graves:
1) Abandonar un animal potencialmente peligroso según el articulo 20 de la presente normativa, tenerlo sin licencia, venderlo o transmitirlo a quien carezca de licencia.
2) Adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas
3) La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de
animales potencialmente peligrosos o su participación en ellos, destinados a demostrar la
agresividad de los animales.
4) Cometer cualquier practica que pueda producir maltratos, sufrimientos o daños injustificados a los animales, incluida la administración de sustancias que provoquen su muerte o su utilización en peleas o en espectáculos, filmaciones o actividades lucrativas que supongan la degradación del animal.
5) La reincidencia en falta grave en el ultimo año.
ARTICULO 26. INFRACCIONES GRAVES

Tendrán la consideración de infracciones administrativas graves:
1) No haber adoptado las medidas necesarias para evitar cualquier caso de mordeduras de perros (potencialmente peligrosos o no) a personas.
2) Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada, extravío o mordedura a otros animales
3) Incumplir la obligación de identificar el animal
4) Omitir la inscripción en el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos
5) Hallarse el perro potencialmente peligroso sin bozal o no sujeto con cadena
6) La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta normativa, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.
7) Suministrar a los animales alimentos que contengan sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios, así como sustancias estimulantes no permitidas.
8) La reincidencia en faltas leves en el ultimo año.
ARTICULO 27. INFRACCIONES LEVES

1) Dejar suelto un animal no catalogado como peligroso o no haber adoptado las medidas
necesarias para evitar su escapada, extravío o mordedura a animales.
2) No disponer del seguro de responsabilidad civil en vigor.
3) No comunicar las agresiones de perros potencialmente peligrosos en los plazos establecidos.
4) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente normativa, que no estén tipificadas como faltas graves o muy graves.
ARTICULO 28. SANCIONES

Las infracciones tipificadas en los tres artículos anteriores serán sancionadas con las siguientes multas:
- Infracciones leves desde 150 a 300 euros.
- Infracciones graves, desde 300 hasta 2.400 euros.
- Infracciones muy graves, desde 2.400 hasta 15.000 euros.
ARTICULO 29. MEDIDAS CAUTELARES Y SANCIONES ACCESORIAS

1) El ayuntamiento, de oficio o a instancia de cualquier interesado, ordenará la ejecución de las medidas necesarias para conservar las condiciones de seguridad adecuadas. A tal fin concederá a los propietarios de los animales un plazo razonable para que procedan al
cumplimiento de lo acordado; transcurrido el mismo sin haberlo ejecutado, el Ayuntamiento llevará a cabo las medidas dictadas con cargo al obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en los artículos 95 y siguientes de la Ley de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2) No tendrá carácter de sanción la repercusión de los costes de las ejecuciones subsidiarias realizadas por el ayuntamiento.
3) En el caso de animales peligrosos, las infracciones tipificadas como graves y muy graves podrán llevar aparejadas como sanciones accesorias la confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales, así como la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva de la licencia para la tenencia de animales peligrosos.
4) En casos de faltas graves y muy graves, así como en incumplimientos de medidas cautelares designadas por el órgano competente, se podrá adoptar como sanción el confiscamiento de los animales objeto de la infracción, que pasarán a propiedad del ayuntamiento, que decidirá el destino de los mismos.
ARTICULO 30. RESPONSABILIDAD DE LAS INFRACCIONES.

1) Será responsable final de las infracciones el propietario, titular o poseedor del animal, así como quienes por acción u omisión hubieren participado en la comisión de las mismas.
2) Asimismo serán responsables los titulares de establecimientos o locales que incumplan la presente normativa en los aspectos relacionados con las autorizaciones administrativas o con la cría, adiestramiento o comercio de animales.
DISPOSICION ADICIONAL

Las razas incluidas en el artículo 24 podrán ser modificadas por el Ilustre Alcalde de Molina de Segura, añadiendo o suprimiendo nuevas razas, a través de su aprobación y publicación por medio de Bando.
DISPOSICION FINAL

La presente Ordenanza Fiscal fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 23 de Octubre de 1.998 y publicada en el B.O.R.M. número 257 de 6 de Noviembre de 1.998. Modificada por acuerdo de Pleno de 8 de noviembre de 2004, publicada en el BORM de 26/01/05, para entrar en vigor a los 15 días de dicha publicación.

miércoles, mayo 07, 2008

ASAMBLEA GENERAL


Estimados asociados y vecinos del BARRIO LA MOLINETA, el próximo Miercoles 14 de Mayo están invitados a asistir a la Asamblea General que el Barrio La Molineta celebra en el Colegio Vicente Medina en primera convocatoria a las 20:00 horas y segunda convocatoria a las 20:15 horas con el siguiente orden del día :

1.- Aprobración de las cuentas cerradas año 2007.

2.- Aprobación presupuesto año 2008 y programas de actividades y fiestas por San Juan, falla de Frankestein. Estado de tesorería de la Asociación y fuentes de financiación.

3.- Traslado de Depósito de Propano del Parque junto Piscina Santiago Vidal. Campaña de cambio de proveedor de gas iniciada por Gas Natural.

4.- Reclamos y proyectos en curso.

5.- Ruegos y preguntas.

domingo, abril 06, 2008

Entrega embudos reciclado aceite uso domestico


El próximo Martes 15 de Abril La asociación de vecinos del Barrio La Molineta en colaboración con la Concejalía de Medio Ambiente, procederá al reparto de embudos para reciclado de aceite de cocina o de uso doméstico. Se trata de un utensilio que ha de adherirse a botellas de bebidas gaseosas de 2 Litros mediante rosca. Dichos embases serán conservados en las viviendas de los vecinos. Una vez llenos deben depósitarse su contenido en contenedores que serán ubicados en lugar conocido del Barrio y del que posteriormente daremos difusión, dado que a la fecha esta pendiente de determinar.

Destacar que este acto coincide con el segundo día que la Biblioteca Movil Salvador Garcia Aguilar visita nuestro Barrio, recomendando a todos los vecinos su asistencia dado que en la misma, además de darse de alta como socios de la misma, se realizará servicio de préstamo de libros, no descartando más adelante coordinar jornadas de cuenta cuentos infantiles en el mismo lugar.

El horario de entrega de los embudos y de la biblioteca es de 17:00 horas a 19:00 horas, se ruega la máxima asistencia de todos los vecinos.

Atentamente,

jueves, marzo 20, 2008

La Molineta quiere contenedores de reciclado de aceite

El barrio La Molineta hemos sido excluido del reparto de contenedores para el reciclado de aceite de hogar, cuando desde este barrio hemos liderado distintas iniciativas ante la cocejalía de sanidad y de medioambiente para su implantación. La razón escrimida es que los contenedores se colocan en Colegios Públicos y con esta escusa nuestro barrio, lider en gestionar el reciclado de residuos, nos vemos excluidos.

Desde este barrio se están haciendo gestiones pertinentes tendentes a que este agravio comparativo sea subsanado y se logre el consenso necesario para su implantación en el mismo o en su defecto en los alrrededores inmediatos: Colegio Cervantes o Tierno Galvan.

EL PRESIDENTE

Borrador programa fiestas Molineta 2008


PROGRAMA  FIESTAS SAN JUAN 2008- BARRIO LA MOLINETA-

21 de junio –Sábado-.
*19´00 h. Hinchables gratis para niños.
Juegos de Padres e Hijos.
II Campeonato La Molineta de “Ajedrez.
*21´00 h. Cena vecinal, gratis para todos los vecinos, bebida incluida
(agua, vinos y cerbeza).
*22´30 h. Entrega de premios Concurso Dibujo “Las Fallas de La Molineta por San
Juan”. Entrega premios concursos padres e hijos y II campeonato de Ajedrez.
*23´00 h. Gran berbena “Molineta Night”, espectaculo musical y variedades, rifas y
programas de participación activa del público con los presentadores, concursos y otros.

23 de junio –Domingo-.
*19´00 h. Hinchables gratis para niños.
Cuenta cuentos y concursos para niños y padres.
*20´00 h. III Campeonato Local de “lanzamiento de escobas de bruja”.( premio al mejor
lanzador-4 categorías- ).- Trofeos y premios.
*21´00 h. Sardinada, morcillas, bocadillos, bebida y concurso de paellas, gratis para
los asistentes y vecinos.
*22´30 h. Gran berbena “Molineta Embrujada”, concurso Karaoque entre vecinos,
animaciones varias, sorteos, sorpresas y participación activa vecinal, amenizada por
música y bebida.

24 de Junio-Lunes-
*21´00 h. Gran cena Vecinal en calles del Barrio por San Juan.
*22´30 h. Animación por Calles charamita o “tio de la pita” .
*23´00 h. Inicio espectaculo musical para animar la noche y la quema.
*23:30 h. Desfile del “personaje” que arderá en la IV “Hoguera La Molineta por San
Juan” por los distintos vecinos, entrega de pitos, gorros de brujas, escobas de brujas,
capas de brujos, antorchas, etc. 
*24´00 h. Quema de la falla Molineta 2008. Inicio de la Noche de Brujas/os con el Gran
Baile Molineta Night. Bebida, churros para los asistentes.

Paralelamente a la puesta en marcha de las fiestas se habrán asumido otros
costos tales como :
I Concurso Dibujo “Las Fallas de La Molineta por San Juan” cuyas bases se
publicarán en el mes de Mayo y se recibirán obras hasta el 30 de Mayo 2008. Las obras
se expondrán en la semana previa del 14 Juno hasta el final de las fiestas en local por
determinar. 

IV Falla Molineta 2008. Los materiales para la construcción de la falla para ser
quemada el día 23 de Junio en la Noche, falla que es construida por los propios vecinos.

Se invita a todos los vecinos interesados a participar que se incorporen a la Comisión de festejos que liderará la ejecución y puesta en marcha de estas actividades.

EL PRESIDENTE.

Programa de actividades año 2008

PROGRAMA ACTIVIDADES AÑO 2008


Jornadas ecológicas y de convivencia con el Medio Ambiente :

Excursión a Blanca (Navela), Ojos(Azud) y Ricote(Sierra).
Excursión Rellano Molina de Segura y Sierra La Pila y Fuente Jabe.
Excursión Abaran: Norias Arabes, Ribera Rio Segura y Sierra del Oro.

En todas las excursiones se combinará el conocimiento de los municipios visitados, con una breve ruta cultural por los momumentos más reseñables, marchas de senderismo y orientación, concursos de paellas y cocina tradicional y campeonatos de futbito padres e hijos, así como otras actividades anexas ( limpieza de monte público, reforestación- cuando el municipio acepte y colabore con la aportación de arbolado del vivero municipal- charlas de conocimiento del monte con identificación de las especies y flora del entorno visitado y breve descripción del ecosistema a visitar ).

Las fechas están por concretarse, informando con suficiente antelación a la Concejalía de Participación Ciudadana una vez las mismas queden confirmadas.

Los objetivos son concienciar y sensibilizar a los vecinos y participantes sobre el cuidado, limpieza y conservación de nuestro entorno natural, como un activo importante que hemos de cuidar para que puedan disfrutar del mismo nuestros hijos. En los viajes se repartirán folletos respecto a como reciclar productos usados, nuestra contribución a ello mediante su separación y uso adecuado de contenedores y ecoparque, programas de ahorro y eficiencia energética y datos sobre el entorno, bosque o huerta a visitar.

Fomento de la Lectura y Pintura entre los más Jóvenes y Adultos :

Concursos de cuentos infantiles y de pintura entre alumnos de los Colegios del entorno.(mes de Junio, por concretar días)

Queremos potenciar la lectura , escritura y pintura entre los vecinos del Barrio.

Jornadas de Celebración Día del Medio Ambiente (Fecha 5-6-08)

Volando cometas y realizando replantación de arbolado y arbustos en parques del Barrio y Rambla Los Calderones.

Su objetivo es sensibilizar a la población del Barrio de la importancia de conservar el entorno que nos rodea y particularmente el medio ambiente, parques y jardines de nuestra ciudad.


Fomento uso y difusión de Internet y de Nuevas Tecnologías.

Proyecto Wi-Fi La Molineta (Internet Libre)
Servicio SMS de comunicación entre los vecinos.

Buscamos divulgar las nuevas tecnologías y médios de comunicación alternativos entre el vecindario, informando de su potencial, posibilidades y facilitando su uso y utilización. El presupuesto se aplicará a compra de equipos, dado que su puesta en marcha, mantenimiento y difusión se hará gratuito.

Navidad . ( del 20 Diciembre en adelante )

Concurso Decoración de Casas.
Rondallas de Cantos de Villancicos.
Sorteos y Juegos Padres e Hijos.

Tienen por objeto generar contactos entre los vecinos del Barrio para por un lado recuperar viejas tradiciones de nuestros antepasados, por otro lado conservar y embellecer el Barrio, entretener a los más jóvenes y mantener la ilusión de la Navidad y Reyes.

sábado, diciembre 29, 2007

¡¡ Feliz año 2008 !!


Tenía que llegar, ¡¡¡por fin!!!

¡Buen fin de Año!

Dentro de nada... Nochevieja, ¿eh? ¡Qué estrés!

Yo en Nochevieja me siento... me siento... no sé, me siento como un toro, ¿no? Cuando llega la fiesta miro alrededor y me da la sensación de que todo el mundo se lo está pasando bien, menos yo.

El estrés comienza con la cena. Aquello parece una prueba del Gran Prix:

Tienes que llevar calzoncillos rojos, tener algo de oro para meterlo en la copa, preparar las doce uvas...
y contarlas varias veces, porque, como son todas iguales, te equivocas:

Una, dos, tres, cuatro... una, dos, tres, cuatro, cinco, seis...
Esta pocha ya la he contado... Una, dos... siete, ocho...

Joder, las doce menos veinte! ¡Chavalín, trae el Rotring, que las voy a numerar, como en el Bingo!

Y tu madre:

Queréis venir, que se enfrían las gambas? Que esa es otra: te tienes que comer todo lo que está en la mesa... ¡antes de las doce! que, con las prisas, más que pelar gambas, parece que estás desactivando una
bomba.

¡Coño, las doce menos diez! -¡Mamá, no me da tiempo: hazme un sándwich con el cochinillo,
que ya está terminando Cruz y Raya!

Y no eres el único que está agobiado, ¿eh? No hay más que ver la tele.

Allí están Ana Obregón y Ramón García, explicando a toda España como funciona un reloj.
Acojonados por si se equivocan:

- Cuando la aguja pequeña esté en las doce y la grande también... serán las doce.

¡Coño, como todas las noches! Y entonces bajará la bola y... luego vienen los cuartos, ¡no vayan a empezar a comerse las uvas, ¿eh?

Vamos a ver: ¿por qué nos explican mil veces que no nos comamos las uvas en los cuartos y nadie nos explica por qué coño tiene que bajar una bola? ¿Qué clase de reloj es ése?

Cuando por fin llegan las doce, en toda España se oye lo mismo: Cla, cla, cla, cla... Eso es la bola: cla, cla, cla... Din

-¡GLUP!
-don...
-¡Ah no, que son los cuartos!
-Din-don... -¡Escupid que son los cuartos!
-Din-don... -Pfbbbbbbbb...
-¿qué son qué?
-Din-don... -Los cuartos...
-Ton... -¡Ahora, ahora!
-Ton...
-¡Una!
-¡Que no, que vamos por la segunda!
-Ton... -Pues me meto dos...
-Ton...
-Seis...
-¿Cómo que seis?
-Ton... -A mí ya no me caben más, ¿eh?
-Ton... -¡Eh!, ¡deja mis uvas, cabrón!
-Ton... -¡Es que se me ha caído una al suelo!
-Ton... -Bgrfds...
-Ton... -Bggggdffffff...
-Ton... -A mí ya no me quedan...
-Ton...- ¡Pues a mí me sobran cuatro!
-Ton... -mamá el abuelo está morado....

Y cuando acaban, toda la familia con la boca llena de babas, a darse besos:

-Fffffelifsz año, eeeeeeeeeh, felifzcidadef, grfdddfd...

Y suena el teléfono: ¡riiiiiiiiiing!

-¡Pero coño! ¿Ya están llamando? ¿No se pueden esperar?
-Pues a mí todavía me sobran dos...
-¡Champán, que alguien venga el Champán!

Pero, bueno, vamos a ver ¿a vosotros os parece lógico empezar el año así?
¡Qué estrés, de verdad! Pero como es Nochevieja...tienes la obligación de divertirte.

Así que después te vas a un fiestorro a un sitio en el que, si caben mil personas, el dueño ha decidido meter a cinco mil doscientas. ¡Muy bien! ¡Cuatro mil doscientas más de las que caben! ¡Quédate en la calle si te apetece, con la pelona que está cayendo! Porque en Nochevieja siempre hace un frío que pela..
Así que entras. Lo bueno que tiene ir a un sitio así es que te puede pasar cualquier cosa.

A mí el año pasado me ocurrió de todo.
Yo estaba tan tranquilo, tomándome mi cubatita de garrafón, cuando de repente un tío me cogió por detrás y me dijo:

¡¡¡COOOOOOOOONGAAAAA!!!!!
Y, claro, que vas a hacer, pues te pones a bailar... ¡Eso te lo hace un tío en el autobús y le partes la cara!
¡Pero como es Nochevieja...! ¡Pues hala!

Y de repente te das la vuelta y llevas cien personas enganchadas a tu culo.

¡A ver como escapas de ésta! Porque una conga es como una secta: entrar es muy fácil pero salir es muy jodido. Porque en el garito hay como doce congas girando a toda pastilla...
Bueno, pues iba yo conduciendo mi conga... por mi derecha, cuando, de pronto, me veo venir en dirección contraria una conga suicida acojonante conducida por un gordo con casco de vikingo.
Yo le iba a hacer ráfagas, pero como las congas no llevan ni luces ni nada... pues, para evitar la
colisión, di un giro brusco a la derecha... ¡Y me tragué entera una columna de espejitos!
¡Siniestro total! Doce heridos leves y una columna de espejitos destrozada.
Y yo, con una ceja abierta tirado en el suelo pensaba: Joder, como me hagan soplar ahora,
la hemos cagao.

Y en ésas, me desmayé. Al despertar estaba en la sala de urgencias, rodeado por todos los de mi conga.
Algunos todavía no se habían desenganchado; habían venido corriendo detrás de la ambulancia.
Bueno, las urgencias en Nochevieja, hay que vivirlas.
Si en la sala caben cincuenta personas, el dueño ha metido a ciento cincuenta...
Como el de la discoteca. Y como allí también es Nochevieja, el camillero lleva un gorrito de moro, la
enfermera un collar de hawaiana y el que te cose la ceja unos dientes de Drácula, ¡que te da una confianza... !

El tío te dice:
-¿Qué ha sido? ¿Con una moto?
-No, con una conga.
-¡Ay!, si es que van como locos con las congas...

Cuando salí de allí me quería ir a mi casa, pero como era Nochevieja, acabé a las ocho de la mañana con la ceja
grapada en un bareto...

-Oiga, póngame un chocolate con churros a ese módico precio de 4 Euros de na.
-Pues sólo nos queda Nesquick y algunos dónuses... Es que los últimos churros se los han tomado los de una conga, ¡traían un cachondeo...! Había un gordo que llevaba un casco de vikingo... ¡No le digo más!

Y es lo que yo le digo si no disfrutas en Nochevieja, ¿cuándo vas a disfrutar?


¡¡¡¡ Feliz Año Nuevo a tod@s !!!!!

La Junta Directiva
AA VV La Molineta

domingo, diciembre 23, 2007

Entrega de Cesta deNavidad La Molineta 2007



El Pasado sábado se procede a entregar la Cesta de Navidad a la asociada nº 21 toda vez que el sorteo de la ONCE del Viernes 21-12-2007 el número agraciado fué el 98.521 siendo por tanto la ganadora en este caso la asociada nº 21.

Se trata de nuestra vecina y familia Amelia Girónes Yanez, con domicilio en la Calle Londres nº 7

Desde este Blogs queremos desearle lo mejor tanto a ella como a toda su familia, dandoles la enhorabuena.

Se adjuntan fotos de entrega del premio.

Por otro lado lamentamos informar que el número de la Lotería de Nacional en el que nuestra Asociación de Vecinos ha participado con SEIS décimos el 73148 no ha sido agraciado en el sorteo de Navidad celebrado el pasado 22 Diciembre de 2007, no siendo beneficiado siquiera con el reembolso del mismo..

En fin mucha salud y felicidad para todos los/as Asociados/as y Felices Fiestas de Navidad.

miércoles, diciembre 19, 2007

Comunicado : Sorteo Navidad y Rifa






COMUNICADO :


NORMAS SORTEO CESTA DE NAVIDAD :

El ganador del sorteo será aquel cuyo número de asociado coincida :

Del asociado número 1 al 100, los dós últimos números del CUPON de la ONCE, teniendo presente que el número “00” es el número 100.

Del asociado número 101 al 111 ambos inclusibe, ganarán si el número premiado en el sorteo indicado de la ONCE, coincide con los TRES ultimos números con su número de asociado.

NORMAS SORTEO SEIS DECIMOS LOTERIÁ NACIONAL(73.148) :

Caso de salir agraciado dicho número 73.148 con los premios : PRI

MERO, SEGUNDO Y TERCERO de dicho sorteo nacional, el premio se distribuirá a partes iguales entre los 111 asociados inscritos y dados de alta a la fecha de emisión de esta certificación.

Esto es el premio obtenido se dividirá entre 111 asociados y se repartirá en metálico a partes iguales, depositandose en dicho caso los números en la Oficina de La Caixa situada en Pio XII para el pago a cada vecino agraciado, según la relación de ganadores que será emitida por esta Asociación.

Caso de obtener algún premio en la denominada pedrea, re

embolso o premios menores(CUARTOS, QUINTOS PREMIOS) el dinero lo retendrá la Asociación de vecinos para su obra social.



miércoles, noviembre 28, 2007

Resumen Actividades Año y proyectos de futuro


El Barrio La Molineta, breve reseña histórica...


El Barrio surje en lo que hasta fechas recientes se han conocido como área del Bar Stop ubicado en la zona sur del casco urbano de Molina de Segura en dirección a Murcia por la antigua nacional 301, hoy Avenida de la Industria.


En este área agrícola surgen las primeras viviendas alla por los años 70, consolidandose progresivamente un núcleo poblacional en su entorno, al otro lado de la Rambla de los Calderones que hasta fechas recientes e incluso hoy día constituye una Barrera Natural para la expansión urbanistica del municipio hacia el sur.


Posteriormente a mediados de los años 90 una empresa privada urbaniza el área adyacente al Bar Stop, dando continuidad al casco urbano por este entorno denominandolo La Molineta, si bien esta zona agrícola del municipio dada su ubicación periférica venía también conociendose como Barceloneta.

Consultados los primeros pobladores de este entorno, estos comentan : “que sobre esta zona en el pasado dada su altitud se ubicaban distintos molinos que drenaban el agua del subsuelo y que este agua era utilizada para el riego de las tierras que lo rodean; así donde hoy se ubica la Piscina Cubierta Santiago Vidal existía una balsa,que era utilizada para riego de huertas colindantes”.

Estamos en plena expansión urbanistica del Municipio de Molina por su área sur que ha permitido conectar con el casco urbano el residencial Los Vientos que linda con nuestro Barrio por el sur, está en avanzada fase de ejecución la urbanización que nos conectará con la antigua N301(hoy Avda. Industria) y la futura urbanización que nos unirá al área de “casa ros”, siendo por tanto todo este área la abarcada por nuestro Barrio.

Existen construidas a la fecha unas 500 viviendas y más de 200 en avanzada fase de construcción, que permitirá a medio plazo ampliar la población de nuestro Barrio por encima de los 2.000 habitantes.


La Asociación de Vecinos del Barrio La Molineta (en adelante

solo “La Molineta”) surge de un modo altruista y voluntario por una serie de vecinos del entorno que deciden organizarse para defender sus intereses como vecinos y contribuyentes, y solicitar mejoras de calles, parques, guardería, etc.

Destacar que el trabajo es “voluntario” y “no remunerado”, no existiendo tampoco ningún compromiso por parte del Ayuntamiento u otro organismo público respecto a que las quejas o solicitudes formuladas por La Molineta,se tengan que ejecutar o realizar; pues estas dependerán, de varios factores tales como : que dicha solicitud sea coherente y en línea con el área para la que se demanda y que exista partida presupuestaría o dotación económica del municipio para tal fin.

La Molineta canaliza por tanto, peticiones de infraestructuras, reparaciones y manten

imiento, así como planes urbanisticos (remoderación de un área completa, calle, jardín o parque), así como también, de accesibilidad, diseño y embellecimiento del Ba

rrio.


Corresponde por tanto al ciudadano y vecino demandar aquellos aspectos menores (rotura de una farola, baldosa, acera, calle, vado, señal, árbol, etc) que diariamente se det

ectan por parte de todos, cursando el oportuno reclamo ante el Ayuntamiento quien tiene la obligación de su cuidado y cumplimiento de la normativa local y ordenanzas municipales de limpieza de calles y jardines, saneamiento, alumbrado público, salud ambiental, contenedores, antenas de telefonía, depósitos de propano, señalización de calles, dotación de arbolado en calles y járdines, etc.

Observarán por tanto, que existen innumerables actuacione

s que escapan al ámbito de actuación de La Molineta, por que NO es una extensión de la Administración Local en el Barrio; aúnque SI es una Entidad colaboradora de la misma, por lo que recibe subvenciones para su funcionamiento y fiestas de Barrio.


Carta de El Presidente ... “ La importanci

a de ser socio o estar asociado”


Estimados vecinos asociados o no, es un un honor informaros de las actuaciones que La Molineta ha venido realizando a lo largo del año 2007 y las que restan (Programa de Navidad) antes de finalizar el ejercicio, así como los objetivos para años venideros que se indican en este documento.

Este año voy a dedicar unas palabras respecto a la impor

tancia de estar Asociado y el por qué del mismo, así como las ventajas que conlleva.

Toda Asociación por su naturaleza, precisa que el número de asociados sea el más amplio posible, pues con ello se logra una mayor representatividad ante todos los organismos y administraciones; hacia las que dirige sus peticiones de inversiones para el Barrio, en equipamiento y obras de mejora del mismo. La razón no es otra que el viejo dicho “la unión hace la fuerza”.


El grado de asociacionismo de un Barrio muestra el grado de compromiso de sus vecinos con el mismo, entendiendo por compromiso, el grado de preocupación y disposición a movilizarse para lograr lo que considera justo y necesario. A mayor número de asociados, de mayor fuerza moral y jurídica se dota a la Junta Directiva que lo representa, que le permite hacerse oir con mayor legitimidad. A falta de

elecciones vecinales por Barrios, la figura que nuestra democrácia deja es la del asociacionismo privado y dentro de éste, lograr el mayor número de asociados posibles, los cuales son responsables de nombrar a los miembros de la Junta Directiva que los repres

entan.


Esta circunstancia es la que motiva que La Molineta se preocupe todos los años en captar el mayor número posible de Asociados, a los que en los últimos años venimos mimando con una serie de iniciativas tendentes a mejorar su compromiso asociativo y entre las que figuran :


Viajes, se iniciarán en el año 2008 y donde se pretende que el asociado, únicamente pague la comida; y cuando así sea necesario el alojamiento, corriendo por cuenta de La Molineta, el autobús, entrada a museos y actividades programadas para el mismo.


Sorteo de una Grandísima Cesta de Navidad, sorteo que no puede quedar desierto.


Participación de cada asociado en la Lotería de Navidad con UN euro(1,00 euro) La Molineta comprará SEIS décimos que de ser premiados con el primer, segundo o tercer premio se repartirá el monto del mismo a partes iguales entre todos los asociados, reteniendo para sí y sus actos sociales el resto de premios menores, caso de ser agraciados.


La cuota se mantiene igual que otros años en la cifra : CINCO EUROS (son 5,00 Euros), la cual puede ser pagada, mediante transferencia o ingreso a la cuenta número 2100 3933 14 0200031860 debiendo dejar el resguardo o copia en el Buzón de sugerencias de La Molineta situado en la Calle Londres pico esquina con Avenida de París.


Actividades año 20

07 :


Con motivo de la campaña electoral nuestro Barrio ha estado presente en los distintos foros demandando para el mismo y como mejoras que precisa el municipio y que afectan a nuestro entorno :

  • Nuevo Polideportivo Municipal en la Zona Sur del Municipio.

  • Acceso directo a la N 301 mediante rotonda en Avda de la Industria(N301).

  • Ronda Sur del Municipio que nos conecte con la Ronda Norte y A30.

  • Rambla Calderones, transformarla

    en un parque para el Municipio de Molina de Segura.

  • Creación “vía verde” Rambla Calderones – Universidad de Murcia – Paseo Rio Segura.

  • Recuperación del entorno de la Rambla permeabilizando esta mediante puentes.

  • Mejora en la accesibilidad eliminando barreras arquitectónicas que impidan el paso peatonal..

  • Recuperación urbanística viviendas área Bar Stop mediante subvenciones CC AA.

Adicionalmente a lo largo del año se han logrado algunas mejoras palpables, fruto de reclamos formulados en el pasado y que han dado su fruto en este ejercicio :


  • Ampliación parque infantil frente Piscina cubierta Santiago Vidal.

  • Puesta en marcha nueva Guardería Municipal.

  • Ordenación del tráfico y ampliación de Calle Don Quijote(acceso del Barrio por C/Mayor).

  • Sala de Juntas y pistas deportivas del nuevo Instituto enseñanza secundaría, para uso vecinal.

  • Nueva rotonda en C/ Atenas.

  • Pasos de cebra sobreelevados en C/ Francisco Valentin y Avda. París.

  • Mejora de asfaltado y reparación de aceras en C/Londres, Vi

    ena y Paseo Oporto.

  • Apertura (asfaltado, acerado y alumbrado )de Avenida de Milan a la Avenida de París.

  • Pintura de señales de tráfico en calles y su ordenación en el Barrio. Esta aún tiene distintas medidas en fase de estudio para su ejecución, cambiando el sentido de algunas calles, liberando estacionamientos y transformando en peatonales algunas calles del Barrio.


En el lado lúdico se han celebrado por segundo año consecutivo las Fiestas del Barrio, dentro de las que se han venido consolidando aspectos diferenciados como : Apuesta por la Cultura siendo celebrando la entrega de premios del II Certamen nacional de Relatos Hiperbreves La Molineta y que cuenta con la colaboración de “Las tertulias de los Jueves del Casino” y de destacados miembros de la “Asociación Literaria La Molineta” . La quema de la “falla” que es una de las más vistosas de todo el Municipio, el concurso de Lanzamiento de Escobas de Bruja (segunda edición), así como otros (primer concurso de ajedrez La Molineta) que están en fase de consolidación.

Este año por primera vez hemos celebrado el Día del Medio Ambiente haciendo un concurso de pintura para niños y plantación de árboles en el parque; que pese a las premuras en su organización ha tenido una excelente acogida por los vecinos del Barrio y que esperamos potenciar en el futuro inmediato y para la que contamos con la colaboración de la joven asociación nacida de mujeres de nuestro Barrio y a la que deseamos una feliz andadura “Asociación de Mujeres por el Movimiento Ciudadano y el Medio Ambiente, tambíen conocida como “Ecomujer“ (ecomujeres@hotmail.com, http//ecomujer.blogspot.com ).

Destacar que La Molineta es receptiva a cuantas iniciativas por parte de los vecinos del Barrio surjan estén asociados o no. Con dicho objetivo se ha abierto un “Buzon de Sugerencias” que está ubicado en la Calle Londres, pico esquina con Avenida de Paris, al objeto de que cuantos escritos deseen remitir en este sentido sean atendidos por la Junta Directiva en sus reuniones mensuales. Pueden utilizar así mismo nuestra dirección de correo electrónicoasociación_lamolineta@yahoo.es” y dejar sus comentarios en el blogs http://barriolamolineta.blogspot.com


Se han aprobado iniciativas encaminadas a mejorar la comunicación con los vecinos, a los que además de los reseñados del cartel frente Parque Infantil, se van a incorporar más carteles distribuidos por todo el Barrio para que puedan ser leidos y consultados por los vecinos; así como, seguimos trabajando en crear una red SMS (precisamos que nos faciliten los teléfonos móviles de los vecinos) y lista de distribución de internet (precisamos su dirección de correo electrónico).

Programa “Fiestas de Navidad” 2007:


  • Rifa de Cesta de Navidad valorada en 180,00 euros, solo asociados.

  • Compra de décimos de lotería para el sorteo de Navidad, solo asociados.

  • Concurso de Casas : Decoración con adornos navideños. Todos los vecinos.

  • Decoración del árbol de navidad del parque, frente piscina Santiago Vidal.

  • Brindis final de año para todos los vecinos y Entrega premios de la decoración de casas.

  • Cantos de Villancicos por las Calles del Barrio, para todos los vecinos.

  • Reyes, reparto de Juguetes en las casas de los vecinos : por determinar.

  • Se publicará en los carteles del Barrio el programa completo y en la entrada de garajes, dando más detalles de su organización y programación.

Iniciativas, que verán la luz por todo el año 2008 tales como :


  • Red Wifi mediante el sistema fon, por determinar su ubicación y financiación.

  • Gestión de préstamo o alquiler de bicicletas, por determinar su organización y funcionamiento..

  • Un acto deportivo para el día de “todos los santos”.

  • Creación de un club de mountain bike.

  • Celebración del día mundial del urbanismo : concurso de dibujo.

Sobre estas, La Molineta tiene capacidad presupuestaria y podría realizarlos, de contar con suficientes voluntarios y colaboradores que permitan su puesta en marcha.


Por otro lado se detallan iniciativas que dependen, de que la Administración Local y autonómica las asuma, estando negociando con ellos su financiación o compromiso de ejecución :

  • Obtención de una pista polivamente en el terreno municipal situado en C/Lisboa junto guardería y futuro Centro de Mayores La Molineta y de un local para La Molineta.

  • Transporte público, dotando al Barrio de una Parada de Autobus, junto Piscina Santiago Vidal y gestionar que la línea 22 de autobuses desde Murcia hacia Molina centro, pase por nuestro Barrio.

  • Mejoras y decoro de los Parques frente piscina Santiago Vidal y área Barceloneta: Falta arbolado que dé sombra, limpieza de avenidas, reparación de áreas de juego y su ampliación; así como su remodelación integral para un mayor aprovechamiento del espacio disponible.

  • Gestionar la retirada del depósito de propano junto al parque infantil.

  • Mejora y limpieza del jardín de la Rambla de los Calderones, recuperando algunos espacios para disfrute de los vecinos y permeabilizar esta mediante puentes.

  • Obtener en un futuro, un parque para uso de los vecinos del área Bar Stop.

  • Reparación de aceras rotas, y de pavimentaciones de calle Lisboa.

  • Ordenar el tráfico en el Barrio, creando calles de sentido único (avenidas de Milan y París) liberando espacio para aparcamiento y colocación de contenedores de basura que hoy ocupan aceras.

  • Limpieza y cuidado y reforestación del nuevo parque de las Yeseras.

  • Cercado de solares sin construir, limpieza y fumigación de estos.

  • Plantación de más arbolado en las calles : C/ Paco Valentin, Avda. Milan y Atenas.

  • Peatonización de algunas calles : Si existe consenso vecinal entre los afectados.

  • Nuevo puente que conecte el Barrio con Calle Baleares y Ronda Sur de Molina aprovechando la obra de urbanización de Yeseras II. Nueva rotonda en Avenida de Industria aprovechando la nueva urbanización de su entorno, para salir directos y descongestionar C/ Don Quijote.


Como puede apreciarse, tenemos numerosos proyectos que abordar, unos recursos limitados y muchas ganas de mejorar el entorno que nos rodea, que con la colaboración de todos, estamos seguros que será una realidad a medio plazo.


Finalizar por último deseandoos a todos los vecinos del Barrio unas muy FELICES FIESTAS DE NAVIDAD ,un próspero y exitoso año 2008.


LA JUNTA DIRECTIVA :


Presidente : Rafael Alejandro de Nicolás Fernández.

Vicepresidente-Urbanismo : Antonio Cerda Ferrer.

Secretario : Saturnino Ayala López.

Tesorero : Julio Guerrero Pérez.


Y varios vocales que colaboran activamente en la confección, ejecución y puesta en marcha, de distintas actividades: culturales, de fiestas del Barrio, deportivas y otros actos; a los que desde aquí expresamos nuestra más sincera gratitud, por su trabajo desinteresado y necesario para el buen desarrollo de los mismos.


martes, octubre 16, 2007

Nueva Guardería La Molineta


Inaugurado el nuevo Centro de Atención a la Infancia Ntra. Sra. de la Asunción de Molina de Segura 16/10/2007


Situado en el barrio de La Molineta, acoge a 80 niños de 0 a 3 años, atenidendo sus necesidades básicas cuando los padres están trabajando.


El nuevo Centro de Atención a la Infancia Ntra. Sra. de la Asunción de Molina de Segura ha sido inaugurado el martes 16 de octubre, en La Molineta (próximo a la Piscina Municipal Santiago Vidal). Al acto han asistido el Alcalde de la localidad, Eduardo Contreras Linares, el Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración de la Región de Murcia, Joaquín Bascuñana García, la Concejala de Bienestar Social, Adoración Molina López, el Concejal de Obras Municipales, Daniel Soltero Chaves, y la directora del centro, María José Écija.


El Centro de Atención a la Infancia permite que 80 familias puedan dejar a sus hijos de 0 a 3 años en un espacio dedicado fundamentalmente a la atención de sus necesidades básicas cuando los padres están trabajando. A diferencia de otras guarderías, dispone de ampliación de horario, impartido por los mismos educadores, y los padres pueden solicitar el peque/cheque, a través de la Consejería de Política Social.


El edificio ha sido construido en una parcela municipal dentro del Barrio de La Molineta, junto a un parque público y frente al futuro Instituto de Educación Secundaria y Bachillerato, actualmente en construcción. La parcela tiene 1.520 metros cuadrados, de los cuales 612 son ocupados por la guardería y el resto están destinados a patios y jardines. Se ha creado una zona de patio individual para juegos, con acceso directo desde las aulas, con una pérgola, para conseguir una zona de sombra.


Las obras de construcción han sido ejecutadas por la empresa Ferrovial Agromán, S.A., por un importe de 485.000 euros. La guardería está ubicada en planta baja, para conseguir un adecuado acceso a las diferentes dependencias, eliminando barreras arquitectónicas, al no existir peldaños. Dispone de un dormitorio común, comedor para los niños, gabinete psicopedagógico para niños y orientación para padres, una cocina, zona de lavadero, zona administrativa, amplios pasillos para la circulación interior, aseos para el personal que trabaja en el centro y seis aulas con aseos para niños integrados.


Se ha construido 1 aula para niños de 0 a 1 año (8 niños), 4 aulas para niños de 1 a 2 años (52 niños), y 1 aula para niños de 2 a 3 años (20 niños), con superficies superiores a los 40 metros cuadrados cada aula. A la entrada del edificio se ubica un gran vestíbulo, diferenciando la parte administrativa y de servicios de la zona destinada a aulas y dormitorios. Tanto el pasillo como el vestíbulo, gracias a la especial distribución de los techos, tiene iluminación natural, por la parte superior. Asimismo, hay una comunicación directa entre la guardería y el jardín colindante, de manera que no haya que transitar por la vía pública para acceder al mismo.


Además, el centro organiza cursos de natación para los niños de 2 años, que son impartidos en la Piscina Municipal Santiago Vidal, situada muy próxima al centro.

martes, septiembre 04, 2007

Nuevo centro para Mayores La Molineta


El Alcalde y el Consejero Política Social, Mujer e Inmigración han anunciado también la próxima construcción de una nueva residencia de personas mayores.

Molina de Segura contará con un nuevo Centro de Ocio para Personas Mayores, que será construido en la zona de La Molineta, según anunciaron en rueda de prensa, el lunes 3 de septiembre, el Alcalde de la localidad, Eduardo Contreras Linares, y el Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, Joaquín Bascuñana García. El Ayuntamiento molinense ha redactado ya el anteproyecto del nuevo edificio, que estará ubicado junto al nuevo Instituto de Educación Secundaria y Bachillerato y el Centro de Atención a la Infancia de La Molineta. Según han acordado el Alcalde y el Consejero en la reunión mantenida, el nuevo edificio será municipal, aunque las obras de construcción serán subvencionadas por la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través de un convenio bianual (años 2008 y 2009) que se prevé que pueda ser firmado antes de final de 2007. El encuentro ha tenido lugar coincidiendo con la celebración en Molina de Segura de la reunión del Consejo de Dirección de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que se ha llevado a cabo en el Centro de Personas Mayores de la localidad. Por otra parte, el Alcalde de Molina de Segura, ha anunciado la próxima construcción de una nueva Residencia de Personas Mayores, de propiedad privada, pero concertada con el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS). El Consejero Bascuñana ha apoyado esta iniciativa municipal, que dio el primer paso en el Pleno Ordinario del mes de julio, cuando se inició el trámite administrativo para la enajenación de terrenos, que serán cedidos para la construcción del nuevo centro. El Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, Joaquín Bascuñana, ha anunciado que su departamento llevará a cabo durante el próximo año 2008 el proyecto de ampliación del actual Centro de Personas Mayores de Molina de Segura (en la 2ª planta). El anteproyecto ya está redactado y a comienzos de 2008 se llevará a cabo la contratación de las obras.